El caso de las pinturas murales de Sijena ha sufrido un nuevo revés judicial para los intereses catalanes. La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha acordado no admitir a trámite la querella presentada por cinco exconsellers de Cultura de la Generalitat contra la magistrada Rocío Vargas y otros representantes del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Sijena.
La resolución del TSJA subraya que la magistrada actúa legítimamente en el ejercicio de su función y que su dictado para el cumplimiento forzoso de la sentencia es plenamente ajustado a derecho. Por lo tanto, no se observa la existencia de indicio alguno de delito. Por el contrario, lo que queda evidenciado es el recto cumplimiento por parte de la magistrada querellada de las obligaciones propias de su función jurisdiccional.
En este sentido, la resolución del TSJA da respuesta a la querella presentada por los exconsellers catalanes Lluís Puig, Joan Manuel Tresserras, Ferran Mascarell, Laura Borràs y Àngels Ponsa. En la misma, acusaban a la jueza Vargas y a representantes del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Sijena de un posible delito de prevaricación y contra el patrimonio histórico.
El TSJA rechaza sus argumentos y apunta que, ante la absoluta falta de fundamentos de su querella sobre la posible existencia de esos delitos, examinarán si ha existido por parte de los exconsellers abuso de derecho o mala fe procesal. Esto podría saldarse con multas que oscilan entre los 180 y los 6.000 euros.
La resolución del TSJA también recuerda que a los querellantes solo les cabe presentar un recurso de súplica en el plazo de tres días ante la misma sala que ha dictado el auto. Además, se deniega de forma automática dar licencia al Ayuntamiento de Sijena para iniciar un procedimiento penal por delitos de injurias y calumnias contra los cinco exconsellers.
Desde Zaragoza, el director general de Cultura aragonés, Pedro Olloqui, ha dado la bienvenida a una buena noticia procesal contra una causa que se abrió de forma torticera. Según ha declarado, el TSJA vuelve a reiterar la sentencia del Supremo, que deja como cosa juzgada la titularidad aragonesa de las pinturas, la obligatoriedad de su vuelta y la viabilidad de su traslado. El auto supone un paso más firme para su regreso.
En este sentido, Olloqui ha añadido que las pinturas deben volver porque es posible, porque así lo reconoce los tribunales y porque desde el punto de vista procesal esta aventura ha llegado a su fin. La resolución del TSJA es un nuevo revés para los intereses catalanes en la pugna por las pinturas murales de Sijena, y abre el camino para su regreso a Aragón.
Esperamos que esta resolución sea un paso hacia la resolución definitiva del caso de las pinturas murales de Sijena, y que las partes involucradas puedan encontrar una solución que satisfaga a todos. La conservación y protección del patrimonio cultural es un tema importante que requiere la colaboración y el diálogo entre las diferentes partes involucradas.
En conclusión, la resolución del TSJA es un paso importante en la resolución del caso de las pinturas murales de Sijena. La decisión de no admitir a trámite la querella presentada por los exconsellers catalanes es un revés para los intereses catalanes, y abre el camino para el regreso de las pinturas a Aragón. Es importante destacar que la resolución del TSJA es un ejemplo de la importancia de la independencia judicial y la aplicación de la ley en la resolución de conflictos.